La jueza que investiga la gestión de la DANA, que arrasó parte de la provincia de Valencia el pasado 29 de octubre y dejó 228 personas fallecidas, ha rechazado de nuevo investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, al entender que la falta de información sobre el caudal del barranco del Poyo que se le atribuye "resulta desmentida por la remisión de correos del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) a Emergencias de la Generalitat, que también podía consultar en tiempo real este sistema de medición de caudales".
Así se ha pronunciado en un auto en el que, de hecho, afirma que este hecho conlleva que no se pueda atribuir responsabilidad penal no solo a Polo, sino a prácticamente ningún miembro directivo de la CHJ.
La magistrada de Catarroja ha desestimado el recurso de reforma presentado por la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud contra la decisión de la propia instructora de no investigar a Polo y a tres cargos de Emergencias de la Generalitat: el director, el subdirector y la jefa de servicio.
En el auto, recuerda que hay investigadas dos personas, la exconsellera Salomé Pradas y el que fuera su número dos Emilio Argüeso, y señala: "Resulta evidente la posición de garante, el conocimiento de la situación, y la manifiesta pasividad en que se incurrió por parte de los referidos investigados en la alerta a la población".
"Se expresó en su momento que el Cecopi pareciera una burbuja aislada del mundo exterior, partiendo de las manifestaciones de los investigados. Resultaba evidente que no era así", ha afirmado.
Por otra parte, remite a la declaración testifical que prestó un técnico de Emergencias de la Generalitat: "Confirma que en todo momento hubo un control de la decisión de mandar la alerta a la población por parte de la investigada Pradas, que la decisión sólo podía llevarse a cabo si la misma contaba con la autorización de quien era consellera, que el mando de la emergencia le correspondía a dicha investigada, de lo que es buena prueba que la alerta debía contar con su visto bueno".
Todo ello, a su juicio, "convierte en más grosera la negligencia atribuible a quienes ostentan la condición de investigados, oscilando entre un desconocimiento difícilmente justificable respecto de las posibles decisiones a adoptar por la consellera, o las herramientas a utilizar como el sistema ES Alert".